Archivos para septiembre, 2010

ALGO IMPORTANTE SOBRE PEDIATRIA…

Publicado: septiembre 16, 2010 en Uncategorized

Acontinuaciòn les presentamos un escrito importante acerca de los derechos de la infancia , que se vivencia en esta investigaciòn.

Escritorio de un Pediatra


Derechos de los Niños Enfermos

Carta Europea de los Niños Hospitalizados
Derechos de los niños Hospitalizados

“Años atrás, no respetar los derechos del niño era aberrante.

Hoy, además, es inconstitucional.”

La convención sobre los Derechos del niño, adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York el 20 de noviembre de 1989, fue incorporada a la Constitución Nacional, y constituye un logro de trascendental importancia para los niños y adolescentes de nuestro país.

La Ley 23.849 promulgada el 16 de octubre de 1990, consta de cincuenta y cuatro artículos, en los que también se incluyen los derechos del niño enfermo.

Dicha Convención reconoce, entre sus antecedentes históricos, la primera declaración oficial destinada a proteger los derechos del niño, redactada en 1923, luego de la Primera Guerra Mundial. En 1959, la Organización de las Naciones Unidas proclama en Ginebra los diez derechos fundamentales del niño hospitalizado, enfatizando que su falta de madurez física e intelectual hace imprescindible la necesidad de un cuidado adecuado y especial para él.

En 1986, se redacta la Carta Europea de los niños hospitalizados, enumerando los derechos especiales que tienen que tienen cuando por alguna causa deben ser internados.

En nuestro país, los derechos contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño sirvieron de inspiración para que la filial de Santa Fe de la Sociedad Argentina de Pediatría editara como póster la propuesta de los Derechos del Niño Hospitalizado, que a continuación se mencionan:

  • 1.      A la vida, sin ningún tipo de discriminación.
  • 2.      A recibir asistencia, cada vez que lo necesite, sin discriminación por cobertura social.
  • 3.      A no sufrir hospitalizaciones evitables o innecesariamente prolongadas.
  • 4.      A permanecer junto a su madre desde el momento del nacimiento.
  • 5.      A estar en compañía de alguno de sus padres durante la internación.
  • 6.      A ser amamantado por su madre sin restricciones.
  • 7.      A que se calme su dolor.
  • 8.      A que sus padres  participen activa e informadamente en sus cuidados.
  • 9.      A ser considerado sujeto de derecho y ser humano íntegro en todos sus aspectos.
  • 10. A recibir explicación de los cuidados que se le van a dar.
  • 11. A recibir apoyo espiritual y religiosos de acuerdo a la práctica de su familia.
  • 12. A mantener su escolaridad y disfrutar de recreación.
  • 13. A no ser objeto de pruebas o ensayos clínicos sin consentimiento informado de sus padres.
  • 14. A protección ante situaciones traumáticas evitables derivadas de prácticas administrativas u organizativas inadecuadas.
  • 15. A recibir todos los cuidados y recursos terapéuticos disponibles que permitan su curación o rehabilitación.
  • 16. A tener información sobre el pronóstico de su enfermedad.
  • 17. A la muerte digna, en compañía de su familia.
  • 18. A la confidencialidad de los datos recogidos verbalmente o registrados en su historia clínica.
  • 19. A ser respetado  por los medios masivos de comunicación.
  • 20. A disfrutar de los derechos contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución de la Nación desde 1994.

Como reflexión final sólo basta pensar como adultos en el dolor infantil, y reconocer quizás que éste tiene todos los ingredientes del dolor adulto.

No invertir en forma acelerada en el capital humano de los niños y adolescentes, condena indefectiblemente a involucionar en la calidad de vida del conjunto.

Se trata de decisiones superiores, de orden moral, y de tomar conciencia como sociedad de que cada niño en esta situación desaparece, tal vez para siempre, la maravilla de la infancia.

El reconocer que no sólo los adultos gozamos de ciertos derechos al ser hospitalizados, nos hará más humanos y mejores médicos.

Alentamos a las organizaciones que bregan por el bienestar de nuestra niñez a profundizar el trabajo realizado, para que la letra y el espíritu de todos los instrumentos jurídicos disponibles en la actualidad se transformen en leyes, políticas y programas que permitan a los niños vivenciar, cotidianamente, el reconocimiento constitucional de ser sujetos de derechos.

Dr.Jorge Fiorentino

FUENTE:http://www.zonapediatrica.com/derechos-humanos/derechos-de-los-ninos-enfermos.html

En la institución educativa la esperanza ,se vienen desarrollando actividades que beneficia  potencialmente el conocimiento de sus integrantes…por esto la profesora Luz Manedy Orozco licenciada en sistemas de la U de M, ha creado un mecanismo de consulta grupal y por ello en el  grado once dos de la institución  , se ha creado la siguiente pregunta de investigación.

NIÑOS Y NIÑAS DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA LA ESPERANZA

Fuente:http://www.facebook.com/group.php?gid=123058031040700&v=photos&ref=ts#!/photo.php?pid=173068&fbid=117275814962132&op=7&o=globalPREGUNTA D

(GRUPO EN FACEBOOK)

E INVESTIGACIÒN

¿Como los estudiantes del grado undecimo dos de la Instituciòn Educativa La Esperanza , durante el segundo semestre  del año 2010 ,realizaran una investigaciòn relacionada con las ciencias Forences y Pediatria con el fin de adquirir conocimientos sobre el motivo de  las altas estadisticas de muertes de niños y niñas en Colombia y America Latina?

Polea simple

Publicado: septiembre 9, 2010 en Uncategorized

ESTE MECANISMO SIMPLE LO HEMOS ADOPTADO
PARA PONERLO EN PRACTICA , PARA LA CLASE

Esta maquina simple se emplea para levantar cargas a una cierta altura. La polea simple está formada por una polea fija al techo, sobre la cual puede deslizarse una cuerda. Se usa, por ejemplo, para subir objetos a los edificios o sacar agua de los pozos. Al tirar desde un extremo de la cuerda, la polea simple se encarga solamente de invertir el sentido de la fuerza aplicada. Por lo tanto no existe ventaja mecánica, sólo pueden haber pérdidas debidas al rozamiento.